La pensión de viudedad es una prestación de la Seguridad Social que protege económicamente al cónyuge o pareja de hecho cuando fallece el titular. En 2026 la perciben más de 2,3 millones de personas en España. Esta guía explica quién puede solicitarla, cuánto se cobra y cómo tramitarla.
¿Quién tiene derecho a la pensión de viudedad?
Tienen derecho a la pensión de viudedad en España en 2026:
| Situación | ¿Tiene derecho? | Requisito |
|---|---|---|
| Cónyuge casado | ✅ Sí | Fallecido cotizó 500 días en 5 años o 15 años en total |
| Pareja de hecho registrada | ✅ Sí (con condiciones) | Registro mínimo 2 años antes del fallecimiento |
| Divorciado/separado | Parcial | Solo si recibía pensión compensatoria del fallecido |
| Cónyuge de matrimonio nulo | ❌ No | — |
¿Cuánto se cobra de pensión de viudedad en 2026?
La cuantía de la pensión de viudedad se calcula como un porcentaje de la base reguladora del fallecido:
| Situación | Porcentaje |
|---|---|
| General | 52% de la base reguladora |
| Con cargas familiares y bajos ingresos | 70% de la base reguladora |
| Pensión mínima 2026 | Aprox. 600€/mes |
| Pensión máxima 2026 | Aprox. 2.800€/mes |
Cómo solicitar la pensión de viudedad
Dónde: Cualquier oficina de la Seguridad Social, por internet en sede.seg-social.gob.es o mediante un representante autorizado.
Documentos necesarios: DNI, certificado de defunción, libro de familia o certificado de matrimonio, últimas nóminas del fallecido o informe de vida laboral.
Plazo: No hay plazo límite, pero se recomienda solicitarla en los 3 meses siguientes al fallecimiento para evitar prescripción de mensualidades atrasadas.
¿Puede perderse la pensión de viudedad?
La pensión de viudedad se extingue si el beneficiario: contrae matrimonio de nuevo (salvo excepciones), constituye nueva pareja de hecho, fallece, o supera los límites de ingresos en determinados casos. En 2026, los mayores de 61 años pueden conservar la pensión aunque se vuelvan a casar si la percibían durante más de 2 años.
Preguntas frecuentes
El cónyuge superviviente o pareja de hecho registrada cuando el fallecido estaba afiliado a la Seguridad Social con al menos 500 días cotizados en los últimos 5 años o 15 años en total.
La pensión de viudedad es el 52% de la base reguladora del fallecido. En casos de cargas familiares puede llegar al 70%. La pensión mínima en 2026 es de unos 600€/mes.
Se puede solicitar desde el día del fallecimiento. Se recomienda hacerlo cuanto antes en cualquier oficina de la Seguridad Social o por sede electrónica.
El trámite suele tardar entre 1 y 3 meses. Tiene efectos retroactivos desde el día del fallecimiento.
Sí, en la mayoría de los casos. Si la pareja tiene más de 61 años o discapacidad, puede conservarse.
Sí, si la pareja de hecho está registrada en el registro correspondiente y se cumplen los demás requisitos.
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