Cuando fallece un familiar, es fundamental comprobar si tenía seguro de vida antes de pagar el funeral de tu bolsillo. En España hay más de 23 millones de pólizas activas y muchas familias no saben que tienen derecho a cobrarlas. Esta guía explica cómo encontrar y cobrar el seguro de vida.
Paso 1: Comprobar si el fallecido tenía seguro de vida
El Registro de Contratos de Seguros del Ministerio de Justicia permite consultar online si el fallecido tenía seguros de vida o accidente. Acceso en registroseguros.mjusticia.gob.es. Coste: 3,68€. Se puede solicitar a partir del día 15 tras el fallecimiento. Necesitas el certificado de defunción y el DNI del fallecido.
Documentos necesarios para cobrar el seguro
| Documento | Dónde obtenerlo |
|---|---|
| Certificado de defunción literal | Registro Civil (gratis) |
| Certificado médico de fallecimiento | Médico/hospital |
| DNI del beneficiario | — |
| Póliza del seguro | Compañía aseguradora |
| Acreditación de ser beneficiario | Testamento o declaración herederos |
Plazos para cobrar el seguro
La aseguradora debe pagar en 3 meses desde que se presentan todos los documentos. Si no paga en plazo, debe abonar intereses de demora (20% anual a partir del primer año). El plazo para reclamar es de 5 años desde el fallecimiento.
¿Y el seguro de decesos?
El seguro de decesos (también llamado seguro de entierro) es diferente al seguro de vida. Cubre directamente los gastos del funeral: traslado, ataúd, tanatorio, nicho, esquelas. Muchas familias tienen uno vinculado al seguro del hogar o la hipoteca sin saberlo. Revisarlo antes de contratar ninguna funeraria puede ahorrarte entre 2.000€ y 5.000€.
Preguntas frecuentes
Consultando el Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento del Ministerio de Justicia (registroseguros.mjusticia.gob.es). Es gratuito.
El plazo de prescripción es de 5 años desde el fallecimiento. Se recomienda reclamarlo cuanto antes.
Certificado de defunción, certificado médico con causa de muerte, DNI del beneficiario, póliza original y declaración del beneficiario.
La aseguradora tiene un plazo máximo de 3 meses para pagar. En la práctica suele hacerse en 15-45 días.
Solo si hay causas legales: suicidio en los primeros años, muerte dolosa por el beneficiario, o fraude en la póliza.
Depende de la póliza. Los seguros de decesos (específicos para funerales) sí lo cubren. Los seguros de vida generales pagan un capital al beneficiario que puede usarse para el funeral.
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