El certificado de defunción es imprescindible para todos los trámites tras un fallecimiento: entierro, herencia, pensiones y seguros. Sin él no puede realizarse ningún trámite. Esta guía explica cómo obtenerlo rápido.
Tipos de certificado de defunción
| Tipo | Quién lo emite | Uso |
|---|---|---|
| Certificado médico | Médico que certifica el fallecimiento | Trámites funerarios inmediatos |
| Certificado literal | Registro Civil | Herencia, banco, pensiones, seguros |
| Certificado extracto | Registro Civil | Trámites rápidos |
Cómo obtenerlo rápido
La funeraria lo gestiona como parte del servicio (más rápido). Online en registrocivil.justicia.es con DNI electrónico. O presencialmente en el Registro Civil con el DNI del fallecido.
Para qué trámites lo necesitas
| Trámite | Copias |
|---|---|
| Banco | 1-2 |
| Pensión de viudedad | 1 |
| Seguro de vida | 1 |
| Hacienda (IRPF) | 1 |
| Notaría (herencia) | 1-2 |
| Registro de la Propiedad | 1 |
Preguntas frecuentes
Documento oficial que acredita el fallecimiento, emitido por el Registro Civil.
En el Registro Civil del municipio del fallecimiento, online en registrocivil.justicia.es o mediante la funeraria.
La funeraria puede obtener uno provisional en horas. El oficial del Registro Civil tarda 2-7 días hábiles.
Entre 6 y 10 copias: banco, herencia, pensiones, seguros, Hacienda, Registro de la Propiedad.
No. El certificado de defunción es gratuito en España.
Sí. La mayoría incluyen este trámite en el servicio básico.
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